2020/658 RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2020 del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se modificada la Resolución de 27 de diciembre de 2019 del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se efectúa la convocatoria anticipada, para el ejercicio 2020, de ayudas para mejorar la competitividad y sostenibilidad de las pymes industriales de los sectores de la Comunitat Valenciana del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, madera - mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalaje, papel y artes gráficas, valorización de residuos, biotecnología, producción audiovisual y producción de videojuegos, dentro de la tercera fase de implantación del Plan Estratégico de la Industria Valenciana. [2020/658]

Ayudas para mejorar la competitividad y sostenibilidad de las pymes industriales

El pasado 3 de enero se publicó en el diario oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV núm. 8710) la Resolución de 27 de diciembre de 2019, por la que se efectuaba la convocatoria anticipada, para el ejercicio 2020, de ayudas para mejorar la competitividad y sostenibilidad de las pymes industriales de los sectores de la Comunitat Valenciana del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, madera - mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalaje, papel y artes gráficas, valorización de residuos, biotecnología, producción audiovisual y producción de videojuegos, dentro de la tercera fase de implantación del Plan Estratégico de la Industria Valenciana.

Según el apartado primero del resuelvo octavo de la citada convocatoria, la ayuda consistirá en una subvención del 35% del total de los gastos considerados como subvencionables, si bien con el límite superior de que la ayuda total minimis concedida a una única empresa no podrá ser superior a 200.000 euros en el ejercicio fiscal en curso y en los dos ejercicios fiscales anteriores, conforme los límites y condiciones previstos en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

No obstante lo anterior, debe tenerse en cuenta que entre el 9 y el 15 de septiembre de 2019, la Comunitat Valenciana, y en especial la provincia de Alicante, se vio afectada por un temporal de lluvias sin precedentes asociado a una Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA), de una intensidad, extensión y alcance inusitados, con registros de precipitación acumulados que han superado sobradamente los 100 litros por metro cuadrado en 24 horas en muchas localidades y que han afectado a miles de ciudadanos y ciudadanas, y ha ocasionado importantes daño en los servicios básicos, las infraestructuras, así como en las áreas industriales y empresas de la Comunitat Valenciana.

Teniendo en cuenta que estas circunstancias climatológicas adversas pueden haber producido daños importantes en los activos materiales e inmateriales de algunas de las pymes que pueden ser beneficiarias de las ayudas convocadas, y al objeto de reforzar el apoyo a estas empresas en circunstancias excepcionales, se considera necesario y conveniente incrementar para ellas la intensidad de la ayuda hasta el 50% del total de los gastos subvencionables.

Por ello, y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Gobierno Valenciano, y el artículo 160.4 b) de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, resuelvo:



Único

Incremento de la intensidad de la ayudas para las pymes afectadas por la DANA



Adicionar un apartado 4 al resuelvo octavo de la resolución, con el siguiente contenido:

La ayuda consistirá en una subvención del 50% del total de los gastos considerados como subvencionables, con el mismo límite minimis del apartado 1, en el caso de que las empresas beneficiarias acrediten documentalmente junto con su solicitud, y justifiquen en la memoria descriptiva, que sufrieron daños relevantes en sus instalaciones productivas por las lluvias torrenciales acaecidas en la Comunitat Valenciana entre el 9 y el 15 de septiembre de 2019. En caso de no quedar suficientemente justificados los daños sufridos, se aplicará la intensidad de ayudas general del 35% del presupuesto subvencionable.



València, 23 enero 2020.? El conseller de economía sostenible, sectores productivos, comercio y trabajo: Rafael Climent González

» Publication Date: 27/01/2020

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